domingo, 2 de septiembre de 2012

Marco conceptual


Marco conceptual

Para definir el proceso penal tanto en Colombia como otro estado democrático, comenzamos nuestra investigación por la conceptualización de los términos orden social y control social, así como sus diferentes perfiles de manifestación, siempre con especial referencia al Sistema Penal como mecanismo de control social. Proponiéndonos entonces en esta materia un ejercicio de reflexión crítica de la forma tradicional de abordar esta temática.



·     Orden social y control social: 

   El Orden social como propuesta con capacidad pacificadora de las relaciones sociales siempre estuvo y estará ligado a las relaciones de fuerza existente en una sociedad y a la amenaza o el ejercicio de la violencia para hacer cumplir las leyes que emergen del propio orden social. En ese sentido, el derecho y la paz, como aspiración o componentes de tal orden conviven en situación inestable con las violaciones al derecho y con la violencia para imponerlo.

Frente a esta situación inestable se hace necesaria la administración y distribución del poder, con sus desigualdades y jerarquías, la administración de premios y castigos. Tal administración no es otra que el Control social que implica uno de los problemas mas inquietantes en el ámbito intelectual ya que su ejercicio produce efectos o consecuencias sociales, abarcando a la sociedad en su conjunto.

Estando en la ciudad de barranquilla, en la gran manzana norteamericana e incluso en el pueblo mas remoto del territorio colombiano podemos utilizar el concepto del control social como un sinónimo de conductas acorde con el interés común y de un control sobre uno mismo y conjuntamente como el control que los ciudadanos ejercían entre sí y sobre los órganos de gobierno que creaban. Esta idea de control social no ha dejado de estar presente en la perspectiva de la lucha política y mantiene intacto su convocatoria a la ciudadanía a participar en tal control.

El control social es el ejercido en nuestra sociedad política por el aparato institucional del poder público: sobre el común de los ciudadanos, de manera global, y sobre determinados grupos, frecuentemente marginados o resistentes, de una manera particular. El concepto de control social remite, así, a la relación del poder con los ciudadanos.
Para controlar y facilitar la adaptación de los individuos a los caracteres normativos, la sociedad se sirve de dos clases de instancias o vías de control social: Instancias formales e instancias informales.


  • Instancias informales: Las instancias informales del control social son, por ejemplo, la familia, la escuela, la profesión, etc. Son, como podemos ver, órdenes no gubernamentales ni normativas compiladas en ningún libro institucional.


  • Instancias formales: Comprende la policía, los fiscales, los jueces, sistemas penitenciarios; quienes actúan usando un conjunto de normas: Código Penal, Código Procesal Penal, etc., que se relacionan en un complejo dinámico de funciones cuyas sanciones a diferencia de las del control social informal están sometidas a normas que tratan de asegurarle objetividad y respeto de las garantías de las personas involucradas en el conflicto social.

Cuando las instancias informales del control social fracasan o el comportamiento del individuo reviste una particular relevancia social o gravedad, la sociedad se ve obligada a recurrir al mecanismo del sistema penal a fin de controlar lo que los medios naturales no pueden.





Sistema penal: 

El sistema penal es el control social punitivo institucionalizado. Este sistema emerge como medio de socialización sustitutivo sólo cuando los mecanismos primarios del control social informal fracasan.

El sistema penal es el conjunto de relaciones y procesos derivados del ejercicio de la facultad punitiva del estado, es decir aquella capacidad de implicar una punición al individuo, institución, u otro tipo de agrupación legal.

La adquisición de esta noción de sistema nos permite evidenciar la importancia política de la relación del estado colombiano y sus ciudadanos en la regulación del cumplimiento de los derechos humanos, utilizando el poder penal como herramienta, y mostrándonos que la trama social necesita de un método de regulación para el mantenimiento de la convivencia, participando el gobierno como agente de ejercicio policial.

Así, el control penal se manifestara en la actuación de los órganos del sistema, en los procesos del vivir social y hasta en las desviaciones en que incurra el estado sobre su poder punitivo; naciendo así la característica garantista del proceso penal, la cual describe la imparcialidad y completa claridad de los procesos penales circunscritas en regímenes como la cadena de custodia, el impedimento de jueces y otros, pero que como todos los sistemas penales de los países no ofrece una disminución de la criminalidad ni de los niveles de venganza o actos de resentimiento. Las relaciones sociales y los fenómenos que se generan en nuestro país, cada día son más complejos, muchos de estos fenómenos provocan daño social, o crean intereses o demandas que necesitan de una protección eficaz y oportuna, transformándose en bienes jurídicos que necesitan ser protegidos o tutelados a través de la punibilidad, lo cual nos conduce a la configuración de figuras delictivas creadas por la Ley penal, cuyas consecuencias alcanzan a aquellas personas que causan daño social mediante la aplicación de sanciones penales.

  • Clasificación del sistema penal: El régimen penal colombiano, basa su clasificación en la creación de leyes y los procesos a los que se somete el ente que violes tales leyes, encontrándose asi El sistema penal estático o abstracto que designa aquel nivel de los sistemas penales que únicamente se ocupan de la producción y estudio del sistema de preceptos, reglas o normas que definen los conceptos de delito y pena; y El sistema penal dinámico o concreto que alude a las actividades de aquellas instancias o agencias de aplicación del control punitivo, como la policía, los fiscales, los jueces, etc.





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